{"id":5649,"date":"2013-12-08T23:57:32","date_gmt":"2013-12-08T23:57:32","guid":{"rendered":"http:\/\/www.proyectoallen.com.ar\/3\/?p=5649"},"modified":"2013-12-08T23:58:18","modified_gmt":"2013-12-08T23:58:18","slug":"allen-fracking-y-realineamiento-de-poderes","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.proyectoallen.com.ar\/3\/?p=5649","title":{"rendered":"Allen: fracking y realineamiento de poderes"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\"><em>Hace unos d\u00edas el Superior Tribunal de Justicia de R\u00edo Negro, en un fallo expr\u00e9s, declar\u00f3 inconstitucional la ordenanza que establec\u00eda a Allen como municipio libre de fracking, aprobada por el Concejo municipal por unanimidad en agosto pasado.<!--more Seguir leyendo...--><\/em><\/p>\n<div class=\"cuerpoArticulo\">\n<p style=\"text-align: justify;\">De modo deliberado y grosero, el fallo del Tribunal desconoce que la ordenanza allense no pretende regular la actividad hidrocarbur\u00edfera sino que tiene un car\u00e1cter eminentemente ambiental, materia que desde el punto de vista constitucional es de competencia local. De este modo, el fallo anula una ordenanza municipal basada en el principio precautorio (que indica la suspensi\u00f3n de una actividad, ante la incertidumbre de que la misma pueda generar da\u00f1o irreversible), pilar del moderno derecho ambiental, incluido en el art\u00edculo 4\u00ba de la ley del Ambiente (ley nacional 25675) actualmente en vigencia.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Asimismo, el fallo sepulta el poder de polic\u00eda de los municipios en materia ambiental, quienes de esta manera se transformar\u00e1n en meros espectadores del descontrolado avance petrolero en sus chacras, caminos y calles. Pocos ciudadanos allenses y rionegrinos son conscientes del alcance de este fallo. Al aniquilar el poder municipal en el ordenamiento ambiental de sus propios territorios, abre una especie de \u00abzona liberada\u00bb a las petroleras, incluso en los ejidos urbanos de cualquier ciudad de R\u00edo Negro. Con este fallo, si la Provincia hallara hidrocarburos en el subsuelo de la ciudad \u2013pongamos por caso, en la plaza San Mart\u00edn de Allen o en la plaza central de General Roca o Fern\u00e1ndez Oro\u2013 y decidiera hacer un pozo de fracking, los municipios no podr\u00edan hacer nada.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Para quienes conocen el funcionamiento de la Justicia provincial, el fallo no sorprende, ya que en R\u00edo Negro la Justicia \u2013jueces, Consejo de la Magistratura\u2013 suele alinearse con el poder pol\u00edtico (con el gobernador Weretilneck y el senador Pichetto). Este alineamiento autom\u00e1tico es mucho m\u00e1s contundente cuando los conflictos confrontan los derechos colectivos (ambientales, ind\u00edgenas), con fuertes intereses econ\u00f3micos. En tales casos, tal como viene sucediendo en la vecina Neuqu\u00e9n, la Justicia provincial rionegrina falla recurrentemente en favor de las corporaciones, poniendo en evidencia que en realidad el sistema judicial provincial forma parte del problema, antes que de la soluci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por otro lado, a menos que se conciba como un actor sin poder alguno, hablado por el poder ventr\u00edlocuo de las corporaciones, la intendenta Sabina Costa tiene la obligaci\u00f3n de apelar ante la Corte Suprema de Justicia de la Naci\u00f3n, defendiendo la legalidad de una ordenanza municipal dictada por el Concejo Deliberante, meses atr\u00e1s, con el voto positivo de todos los presentes. La intendenta debe entender que no es una cuesti\u00f3n de opini\u00f3n sino de cumplimiento de su deber, en la medida en que es ella quien est\u00e1 al mando del Ejecutivo municipal y es responsable de proteger la salud y el ambiente de sus habitantes. El art\u00edculo 5\u00ba de la Carta Org\u00e1nica Municipal de Allen dice que el municipio debe: \u00abAsegurar en todas sus formas el derecho de los habitantes a disfrutar de un medioambiente adecuado para el desarrollo del ser humano, preservando su salud, manteniendo y protegiendo el sistema ecol\u00f3gico y el paisaje, mediante el uso racional de recursos naturales, considerando a la tierra, el agua y el aire patrimonio com\u00fan del municipio, regulando el uso propio y el del resto de la comunidad, adoptando medidas apropiadas para evitar la contaminaci\u00f3n\u00bb.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por \u00faltimo, tengamos en cuenta que el fallo suscit\u00f3 gran indignaci\u00f3n y unos doscientos vecinos salieron a manifestarse para encontrarse con aquello que era previsible: un Concejo Deliberante donde los ediles que representan al partido gobernante hab\u00edan cambiado s\u00fabitamente de opini\u00f3n (s\u00f3lo cinco ediles acompa\u00f1aron a los vecinos en sus pedidos de revisi\u00f3n) y una intendenta que acata las \u00f3rdenes de sus superiores pol\u00edticos y afirma estar satisfecha con el fallo judicial. Es cierto que existe otro recurso legal: si la intendenta continuara ignorando el reclamo de la poblaci\u00f3n, todav\u00eda el Concejo Municipal \u2013con los diez d\u00edas h\u00e1biles con que cuenta para presentar el recurso extraordinario frente a la Corte Suprema de la Naci\u00f3n\u2013 podr\u00eda incluso sancionar una ordenanza, obligando al Poder Ejecutivo municipal a apelar el fallo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Frente a estos conflictos de aristas tan asim\u00e9tricas, que ilustran el avance cada vez m\u00e1s abierto y vertiginoso de una matriz econ\u00f3mica basada en la explotaci\u00f3n hidrocarbur\u00edfera por sobre la matriz productiva centenaria, asentada en el cultivo de frutas y hortalizas, cabe preguntarse si los ciudadanos allenses son enteramente conscientes de que este fallo est\u00e1 lejos de garantizar la paz social. Al contrario, abre nuevos focos de conflicto, al tiempo que pretende aniquilar la voluntad pol\u00edtica de los ciudadanos de a pie, para intervenir y participar en cuestiones cruciales \u2013como el cuidado del ambiente, la salud, el agua, la decisi\u00f3n de permanecer o cambiar de matriz productiva\u2013.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Allen es hoy el emblema de una econom\u00eda regional amenazada por un tipo de explotaci\u00f3n hidrocarbur\u00edfera sumamente controversial, cuyo avance descomunal afectar\u00e1 a la comunidad toda, en un futuro que se devela \u2013a partir del realineamiento entre el poder econ\u00f3mico, pol\u00edtico y judicial\u2013 como cada vez m\u00e1s cercano e imperativo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><i>(*) Investigadora y escritora, Conicet<\/i><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><i>(**) Presidente de la Asociaci\u00f3n Argentina de Abogados Ambientalistas<\/i><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><a href=\"http:\/\/www.rionegro.com.ar\/diario\/allen-fracking-y-realineamiento-de-poderes-1399053-9539-nota.aspx\">De: Diario R\u00edo Negro<\/a><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><a href=\"http:\/\/www.proyectoallen.com.ar\/3\/wp-content\/uploads\/2013\/12\/1450310_545014122257451_166928353_n.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter size-full wp-image-5650\" alt=\"1450310_545014122257451_166928353_n\" src=\"http:\/\/www.proyectoallen.com.ar\/3\/wp-content\/uploads\/2013\/12\/1450310_545014122257451_166928353_n.jpg\" width=\"720\" height=\"960\" srcset=\"https:\/\/www.proyectoallen.com.ar\/3\/wp-content\/uploads\/2013\/12\/1450310_545014122257451_166928353_n.jpg 720w, https:\/\/www.proyectoallen.com.ar\/3\/wp-content\/uploads\/2013\/12\/1450310_545014122257451_166928353_n-225x300.jpg 225w, https:\/\/www.proyectoallen.com.ar\/3\/wp-content\/uploads\/2013\/12\/1450310_545014122257451_166928353_n-250x333.jpg 250w\" sizes=\"auto, (max-width: 720px) 100vw, 720px\" \/><\/a><\/p>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Hace unos d\u00edas el Superior Tribunal de Justicia de R\u00edo Negro, en un fallo expr\u00e9s, declar\u00f3 inconstitucional la ordenanza que establec\u00eda a Allen como municipio libre de fracking, aprobada por el Concejo municipal por&#46;&#46;&#46;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"ngg_post_thumbnail":0,"footnotes":""},"categories":[24],"tags":[],"class_list":["post-5649","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-no-al-fracking-en-allen"],"jetpack_featured_media_url":"","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.proyectoallen.com.ar\/3\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/5649","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.proyectoallen.com.ar\/3\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.proyectoallen.com.ar\/3\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.proyectoallen.com.ar\/3\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.proyectoallen.com.ar\/3\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=5649"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/www.proyectoallen.com.ar\/3\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/5649\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":5652,"href":"https:\/\/www.proyectoallen.com.ar\/3\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/5649\/revisions\/5652"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.proyectoallen.com.ar\/3\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=5649"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.proyectoallen.com.ar\/3\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=5649"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.proyectoallen.com.ar\/3\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=5649"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}