Ser mujer… ser india

El Archivo Histórico de Viedma contiene largas filas de estanterías con material documental que permiten al historiador sumergirse en el pasado y traer al presente a los "nadies" que la historia oficial ha marginado.

En este texto presentamos una de las variadas caras de la "conquista al desierto". Para contextualizar utilizamos a una especialista en el tema, Maria Argeri, Dra. en historia y autora de diversas publicaciones sobre políticas indígenas e inmigratorias en Argentina, en los siglos XIX y XX.

Archivo Histórico de Viedma

"¿Lograremos exterminar los indios? Por los salvajes de América siento una invencible repugnancia sin poderlo remediar. Esa canalla no son más que unos indios asquerosos a quienes mandaría colgar ahora si reapareciesen. Lautaro y Caupolicán son unos indios piojosos, porque así son todos. Incapaces de progreso, su exterminio es providencial y útil, sublime y grande. Se los debe exterminar sin ni siquiera perdonar al pequeño, que tiene ya el odio instintivo al hombre civilizado."   Domingo Faustino Sarmiento (1811-1888).

"Estamos como nación empeñados en una contienda de razas en que el indígena lleva sobre sí el tremendo anatema de su desaparición, escrito en nombre de la civilización. Destruyamos, pues, moralmente esa raza, aniquilemos sus resortes y organización política, desaparezca su orden de tribus y si es necesario divídase la familia. Esta raza quebrada y dispersa, acabará por abrazar la causa de la civilización. Las colonias centrales, la Marina, las provincias del norte y del litoral sirven de teatro para realizar este propósito."  Julio Argentino Roca (1843-1914).

Julio Argentino Roca - Firma

El documento del Juzgado de 1° Instancia de la Gob. de Río Negro nos cuenta la historia de Manuela Sayhueque, una mujer indígena que en mayo de 1890 solicita ver a su hija enferma. (Sobre Sayhueque AQUÍ ),

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Documento de mayo 1890: Juzgado de Primera Instancia – Gobernación del Río Negro Nº 006 1 1890.

Pregunta obligada ¿Porqué la mamá Manuela pidió, a través de la justicia, poder "ver a su hija"?. Antes de responderla veamos el contexto.

La campaña militar al "desierto" dejó a miles de niños, mujeres y ancianos vagando sin tener donde ni cómo vivir. Además de 14.000 indigenas asesinados, hombres, mujeres y niños fueron trasladados a Buenos Aires para trabajar en el servicio doméstico o a los ingenios azucareros del norte argentino.

El estado y la iglesia entonces, intervino para resolver la situación de los indigenas, que en muchos casos, eran la razón de queja de los nuevos dueños de la tierra 1)Los indígenas varones “fueron considerados sujetos vagos y peligrosos. Las mujeres, sospechadas por su sola condición femenina, fueron acusadas de libertinas y prostituidas, que debían ser sometidas a la tutela y dominio de los varones, o en su defecto controladas, directamente por el Estado y la iglesia”. Por decreto presidencial de octubre de 1894, los colegios y conventos de la orden salesiana funcionaban como cárceles, hasta que no se construyesen las cárceles estatales para mujeres (Argeri, M. 1997)

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María, la hija de Manuela, estaba en el Colegio de las Hermanas de la Caridad de Viedma, una situación común en la Patagonia posconquista pues, mientras los territorios se organizaban administrativamente, la Iglesia, (los salesianos en la región), recibían a niños y niñas indígenas siguiendo la tradición colonial de “depósitos de menores” de humilde condición.

La idea era "educarlas" o, como dice Argeri con "la excusa de regenerar los habitos que habian aprehendido en sus respectivos núcleos familiares". Esas niñas y niños eran trasladadas a casas de familias “decentes” quienes supuestamente se encargaban de educarlos “cristianamente”. La educación en realidad era una formación laboral en función del "nuevo sistema de cosas", es decir: para incorporarlos al sistema capitalista había que enseñarles las normas vigentes y la moral necesarias para vivir en la nueva sociedad en construcción. Para eso, se le destinaba al menor un tutor, generalmente un "señor de familia" del lugar o quedaban a cargo de un sacerdote o de un Juez de menores 2)La mayoría de edad no implicaba ninguna ventaja: jurídicamente continuaban siendo menores y la salida al mercado laboral coincidía con el debilitamiento de los vínculos parentales y sociales. Así, fue muy común que el disciplinamiento iniciado con el depósito fuera continuado con otros procesos por vagancia e inmoralidad, terminando frecuentemente con el secuestro en la cárcel de mujeres, que en este territorio nacional (Río Negro) funcionaba en los conventos de la orden salesiana de Maria Auxiliadora (Argeri, M. op.cit.).

Los tutores: “...controlaban así los circuitos de mano de obra forzada juvenil, constituyendo una oferta amplia que satisfizo tanto la demanda de trabajo sexual -para diferentes prostíbulos del país- como la doméstica -empleada en la esfera privada- y en los conventos y colegios religiosos de mujeres” (Argeri, M. 1997).

Entonces, Manuela Sayhueque debía pedir ver a su hija mediante la justicia. Además, debemos recordar que por ser mujer Manuela y María una niña, la ley (Codigo Civil) establecía que las mujeres eran “sujetos menores de derecho” 3)Para el Código Civil las mujeres eran “sujetos menores de derecho”, una inferioridad jurídica del género que permitió dar base legal al “disciplinamiento y a la desestructuración de los grupos domésticos, cuya reproducción biológica y cultural y cuya economía se estructuraban en torno al rancho. La excusa fue, en todos los casos, la incapacidad de la mujer para detentar y ejercer la patria potestad sobre su prole. Con el cambio de normativa, luego de la guerra, todas las uniones maritales de hecho fueron consideradas ilegitimas y las madres perdieron atribuciones sobre sus hijos. La confluencia entre la norma juridica y el presupuesto moral posibilitó el predominio estatal sobre la vida cotidiana, los vínculos parentales y las relaciones íntimas. La exclusión de los varones, como sujetos estructurantes del grupo domestico, se avaló en la inexistencia generalizada de uniones legitimadas y consagradas” (Argeri, M. 1997).

Expedicion Tehuelche 1949 Bormida-Imbelloni Santa Cruz. albumAntropología armada

Expedicion Tehuelche 1949 Bormida-Imbelloni Santa Cruz. Album Antropología armada Colectivo Guías.

María era también indígena y esto no solo la hacía inferior ante la ley sino también ilegal pues sus padres no estaban casados “legitimamente” como lo determinaba la ley 4)Esa legitimidad que se les exigió a los indígenas era un sinsentido pues esas sociedades se regían de manera diferente. Las relaciones entre los sexos se regulaba solamente por los límites que imponía la propia voluntad; la fidelidad que debía mantener la mujer casada se vinculaba con la necesidad de conservar la pureza del linaje; y la poligamia era una practica aceptada, según la riqueza material del varón. Es decir que las disposiciones que obligaban a los indígenas sometidos luego de la campaña militar al desierto era una unión monogámica, impuesta por el cristianismo (Argeri, M. op.cit.)..

En la sociedad patagónica postconquista existió una confrontación permanente entre diferentes universos normativos. La conducta moral de la mujer india poco o nada tenia que ver con las disposiciones que obligaban a la unión marital monogámica, cristiana y legalizada. En estas sociedades, las relaciones entre los sexos estaban regidas de una manera diferente: la libertad sexual de las mujeres solteras se regulaba solamente por los límites que imponía la propia voluntad; la fidelidad que debía mantener la mujer casada se vinculaba con la necesidad de conservar la pureza del linaje; y la poligamia era una practica aceptada, según la riqueza material del varón (Argeri, M. op.cit.)

La familia del longko Inakayal Prisionera en el Museo de La Plata 1886 La mujer de Inakayal Margarita Foyel y Eulltyalma

La familia del longko Inakayal Prisionera en el Museo de La Plata 1886. Entre ellas: La mujer de Inakayal Margarita Foyel y Eulltyalma. Todas muertas en el museo y descuartizadas para exponer en vitrinas del Museo (Colectivo Guias)

Como vemos, las sociedades indígenas no solo fueron víctimas del despojo de sus tierras sino también de sus creencias, sus tradiciones, sus leyes y costumbres… la diferencia molestaba a los conquistadores cristianos que consideraron inferior todo aquello que desconocían.

María enferma no pudo ver a su madre, Manuela lucho tres meses vía judicial y en agosto su hija falleció. En los documentos, Manuela le aseguraba al Juez Arce que le suministraría "todo lo que estuviera a su alcance para lograr su mejoría" y que luego ella la devolvería al Colegio:

"... solo lo hago, Señor Juez, por el bien de mi hija" (firma el documento Nazario Contin pues Manuela "no sabe firmar")

En el proceso Manuela debió designar titular a un hombre del lugar (según lo pedía el Defensor de Menores) para así continuar el procedimiento. Según el Asesor del Juez, la niña Maria estaba en el Colegio desde hacía dos años y estaba muy bien cuidada; consideraba que era "loable y legítimo" el interés de su madre pero que sería importante saber si "tenía recursos para asistir a su hija".

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Todo esto sucede en mayo, la documentación se interrumpe, tal vez no exista ninguna actuación en los siguientes meses y en agosto, el tramite llega a su fin.

"Teniendo conocimiento el Asesor de Menores que suscribe, que la menor María que motiva el presente juicio, ha fallecido... se de por terminado este incidente, decretando VE que pase archivo"(29 de agosto de 1890). 

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Para Argeri, al concluir la conquista militar de la Patagonia, el sometimiento de los indígenas necesitó una nueva legalidad que impusiera “modos de vida” propios de la modernidad capitalista imperante.  El disciplinamiento era de cuerpo y mente, necesario para “el exito de la proletarización de la mano de obra, [que] se realizó mediante diferentes mecanismos: la perdida del territorio; la prohibici6n de la boleada y de la caza; el uso de la papeleta de conchabo -que ya habia caducado a nivel nacional-; y la acusación de vagancia, libertinaje, y atentados contra la moral pública”. Esta “violencia institucional” fue necesaria para desarmar los vínculos existentes entre los sometidos, anular definitivamente su cultura, sus forma de vida, tradiciones, costumbres… Los menores, de ambos sexos, quedaban al arbitrio de policía, sacerdotes y funcionarios de la Justicia Letrada y eran "entregados como peones para los comercios y empresas rurales. Las menores tuvieron un destino mas incierto, sometidas a la explotación económica y sexual” (Argeri, M. 1997).

Todas las leyes impuestas al los Territorios patagónicos durante el proceso que significó el establecimiento del Estado Nacional se caracterizó por una fuerte discriminación sobre los sometidos.

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Postales. Massota, 2007

Sobre estas fotografías

 

Algo más...

Algunos textos de María Argeri: BAJO LA LUPA DEL PODER. LA VIDA COTIDIANA DE LOS GRUPOS DOMÉSTICOS EN LOS "HOGARES-BOLICHE" DEL TERRITORIO NACIONAL DEL RIO NEGRO, NORPATAGONIA, 1880-1930 TENSIONES INSTITUCIONALES ENTRE JUECES LETRADOS Y JERARQUÍAS POLICIALES (TERRITORIO NACIONAL DEL RÍO NEGRO 1880-1930) LAS NIÑAS DEPOSITADAS. EL DESTINO DE LA MANO DE OBRA FEMENINA INFANTIL EN RIO NEGRO A PRINCIPIOS DEL SIGLO XX Sobre Argeri y su trabajo: María Elba Argeri,De guerreros a delincuentes. La desarticulación de las jefaturas indígenas y el poder judicial. Norpatagonia, 1880-1930. Albumes del Colectivo Guías (Grupo Universitario en Investigación en Antropología Social: organización autoconvocada de la Facultad de Ciencias Naturales y Museo de la Universidad Nacional de La Plata): Ver Aquí Un desierto muy poblado

References   [ + ]

1. Los indígenas varones “fueron considerados sujetos vagos y peligrosos. Las mujeres, sospechadas por su sola condición femenina, fueron acusadas de libertinas y prostituidas, que debían ser sometidas a la tutela y dominio de los varones, o en su defecto controladas, directamente por el Estado y la iglesia”. Por decreto presidencial de octubre de 1894, los colegios y conventos de la orden salesiana funcionaban como cárceles, hasta que no se construyesen las cárceles estatales para mujeres (Argeri, M. 1997)
2. La mayoría de edad no implicaba ninguna ventaja: jurídicamente continuaban siendo menores y la salida al mercado laboral coincidía con el debilitamiento de los vínculos parentales y sociales. Así, fue muy común que el disciplinamiento iniciado con el depósito fuera continuado con otros procesos por vagancia e inmoralidad, terminando frecuentemente con el secuestro en la cárcel de mujeres, que en este territorio nacional (Río Negro) funcionaba en los conventos de la orden salesiana de Maria Auxiliadora (Argeri, M. op.cit.).
3. Para el Código Civil las mujeres eran “sujetos menores de derecho”, una inferioridad jurídica del género que permitió dar base legal al “disciplinamiento y a la desestructuración de los grupos domésticos, cuya reproducción biológica y cultural y cuya economía se estructuraban en torno al rancho. La excusa fue, en todos los casos, la incapacidad de la mujer para detentar y ejercer la patria potestad sobre su prole. Con el cambio de normativa, luego de la guerra, todas las uniones maritales de hecho fueron consideradas ilegitimas y las madres perdieron atribuciones sobre sus hijos. La confluencia entre la norma juridica y el presupuesto moral posibilitó el predominio estatal sobre la vida cotidiana, los vínculos parentales y las relaciones íntimas. La exclusión de los varones, como sujetos estructurantes del grupo domestico, se avaló en la inexistencia generalizada de uniones legitimadas y consagradas” (Argeri, M. 1997).
4. Esa legitimidad que se les exigió a los indígenas era un sinsentido pues esas sociedades se regían de manera diferente. Las relaciones entre los sexos se regulaba solamente por los límites que imponía la propia voluntad; la fidelidad que debía mantener la mujer casada se vinculaba con la necesidad de conservar la pureza del linaje; y la poligamia era una practica aceptada, según la riqueza material del varón. Es decir que las disposiciones que obligaban a los indígenas sometidos luego de la campaña militar al desierto era una unión monogámica, impuesta por el cristianismo (Argeri, M. op.cit.).

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2 Respuestas

  1. orfilio dice:

    excelente. caer en manos de nazario contin a quien lamentablemente conocimos era para las solteras vivird amancebadas y para los varones ser peones puesteros de sus campos. hoy uuno de sus desceñdientes esta preso por abuso sexual de menores

    • carlos dice:

      Conocí al sujeto de marras y a su descendencia. Raúl Nazario Contín, Juez de Paz de colorida actuación, la descripción se ajusta a la realidad. Otro «pilar de la comunidad» viedmense, protagonista de varias anécdotas que hicieron y aún hacen las delicias de no pocas sobremesas en la zona…

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